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Nuevo Esta vez del T. SUPREMO. Nueva sentencia de reconocimiento de experiencia docente a un profesor de religión, en casación para Extremadura:
sts-casacin-extremadura
Sentencias sobre valoración
de la
Experiencia
docente de prof de religión
Juzgado de Valencia reconoce un sexenio de antigüedad laboral a profesora de religión.
Los obispos deben pagar por despedir a los profesores de religión.
El Pais 11/05/2009
El Pais 13/04/2008
Religión y ateísmo en un mundo tecnocientífico (Código 135)
UNED, Denia, del lunes 06/07/2009 al viernes 10/07/2009. Curso de verano. Ver aquí
PRIMARIA MEC
ADJUDICACIÓN DE DESTINOS
Listado definitivo de admitidos y resolución (29 de agosto de 2008):
Convocatoria junio 2008
FEPER no está de acuerdo con el contenido de esta resolución ni con el baremo aplicado.
No obstante es nuestro deber informar
_junio_2008
  POR FIN EN EXTREMADURA LLEGAN LOS TRIENIOS
 
FEPER DENUNCIA A LA JERARQUÍA CATÓLICA que modifica y añade unilateralmente nuevos requisitos a los profesores de religión y actúa contra los Acuerdos con el Estado.
FEPER DENUNCIA A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS por su complicidad con la Jerarquía y por su dejación de funciones olvidando la LOE y el ET.
FEPER PIDE AL GOBIERNO LA REVISIÓN DE LOS ACUERDOS CON LA IGLESIA.
Rueda de prensa de
FEPER el 16
de febrero de 2008
FEPER impugna el real decreto 696/2007 de 1 de junio y es admitido a trámite.
Sentencias sobre Dpto didáctico de Religión:
Tribunal Supremo: recurso_de_casacin
_jefatura
_de_departamento
_03.10.2007
Tribunal Superior de Justicia de Madrid: jefatura_de_
departamento
_en_madrid
__08.10.2003
FEPER RECIBIDA POR EL M.E.C. (6 de junio de 2007) profesores_de
_religin_no
_catequistas_s._2_
___10.10.07

LA LOE CONSAGRA LOS CONTRATOS INDEFINIDOS DEL COLECTIVO DE DOCENTES DE RELIGIÓN
Y NUEVA TOMADURA DE PELO, en la aplicación de la LOE
MAS INDIGNACIÓN PARA LOS PROFESORES !!!
- Seguirán despidiendo los obispos ¿?.
- En varias CCAA no habrá baremación, ni concurso de asignación al puesto de trabajo, ni concurso de traslados, y no tendrá valor la antigüedad para el acceso a destino de los actuales profesores en ejercicio, que quedan automáticamente fijados donde están, por lo que consiguientemente en muchas ocasiones los mejores destinos serán para los últimos llegados.
APROBADO EL REAL DECRETO SOBRE LAS RELACIONES LABORALES DE LOS PROFESORES DE RELIGIÓN
Texto del REAL DECRETO
696/2007
Relaciones Laborales
Profesores Religión
Algunos enlaces a diversas
publicaciones
en la prensa nacional
sobre esta cuestión
Dictamen del Consejo de Estado sobre el Proyecto de RD sobre las relaciones laborales de los Prof de Religión. Aquí
Dictamen del Consejo Escolar del Estado sobre el Proyecto de RD sobre las relaciones laborales de los Prof de Religión. Aquí
TRIENIOS
Van saliendo instrucciones relativas a los trienios, algunas incluso con apartados específicos para "profesorado de religión". El procedimiento por tanto ha de adecuarse a cada Comunidad. HAY QUE ESTAR ATENTOS EN CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA. Es conveniente fijarse también si hay algún procedimiento adecuado a los docentes. No olvidéis que los profesores de religión somos a la vez docentes y laborales. El tema de los trienios no está igual de claro en todas las CCAA en su aplicación.
A nivel de espacio común diremos lo siguiente.
1- Hagan referencia o no a los profesores de religión en las debidas instrucciones o resoluciones administrativas hemos de partir de que TENEMOS EL DERECHO A LOS TRIENIOS. Y lo vamos a ejercer.
2- Solicitamos los trienios según los formularios y procedimientos habilitados en cada C.A.
3- Hay que solicitar todos los trienios correspondientes a todo el tiempo trabajado, desde el inicio de la relación laboral (que no siempre coincide con la formalización del contrato, vg. los que llevan trabajando desde antes del año 99), y completados (no valen fracciones). (Si tenéis dificultades pedidnos ayuda).
4- Toda la tramitación se tiene que dirigir evidentemente a la Administración Pública y sólo a ella.
5- Lo normal es que lo concedan (en la mayoría de CCAA). Si no lo concediesen, o ignorasen la solicitud, o sólo lo concediesen parcialmente, vg desde 98-99, poneos en contacto con FEPER. En una posible reclamación judicial tendríamos muchas probabilidades de éxito.
  COMUNICADO de FEPER SOBRE SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL STC 38/2007 Asunto Menchu
1º Respetamos las decisiones judiciales como no puede ser de otra manera.
2º Discrepamos totalmente de su contenido
3º Creemos que hasta los mejores jueces pueden equivocarse y en este caso concreto creemos que el Tribunal Constitucional se ha equivocado, queremos pensar que por varias razones que no ha tenido en cuenta:
- a) Ha confundido a los profesores de religión con sacerdotes o monjas que son parte de la jerarquización de la Iglesia y hacen votos de obediencia a SU Obispo, lo que no es el caso de los profesores de religión
- b) Los profesores de religión son mayoritariamente laicos o seglares, trabajadores de la Enseñanza Pública y no enseñanza privada en colegios de titularidad de la C.E.E., con ideario propio
- c) Son contratados y pagados por las Administraciones Públicas a la que tienen que dar cuenta de sus acciones, pertenecen al Claustro de profesores
- d) Su trabajo es enseñar y en ningún caso hacer proselitismo o adoctrinamiento en los centros públicos, que para ello están los locales de las distintas religiones y allí se hace la catequesis
- e) Y por Ley aprobada el 6 de abril de 2.006 publicada el día 4 de mayo de 2.006 que entró en vigor el 24 de mayo del mismo año, estos trabajadores se rigen por el Estatuto de los Trabajadores.
Con esta Sentencia del Tribunal Constitucional se da un paso más hacia el TALIBALISMO CATÓLICO REPUGNANTE, al mejor estilo del Nacional-Catolicismo, que todos creíamos trasnochado, y muy distinto al Estado Aconfesional aprobado en la constitución Española, Democrático y de Derecho que promulga la Constitución Española.
Ya sabemos donde conduce la interpretación torticera de la C.E.E. y la puesta en práctica de sus interpretaciones porque hemos sido objeto de todo ello. Ahora y según los deseos expresados por D.antonio Dorado este colectivo de profesores queda al vai-ven y opresión de los intereses o elucubraciones de cada Obispado y bajo el más de los inhumanos servilismos. Desaparecen los derechos humanos y el terror hará presa en ellos, dejando a un grupo de trabajadores sin defensa de sus derechos constitucionales.
No podemos por menos que denunciar el intento de la Jerarquía de privatizar la escuela PÚBLICA haciendo de los profesores de religión en la escuela publica un colectivo de propagandista de la fe, Agentes de Pastoral con un función más que docente, proselitista y de adoctrinamiento, usando para sus fines la precariedad laboral, la inestabilidad laboral, la arbitrariedad moralista y la propuesta como medio de premiar o castigar al trabajador poniendo con ello en peligro su puesto de trabajo, tan valorado en la sociedad actual. Y todo por alguien que no tiene ni arte ni parte en el contrato de trabajo suscrito con las distintas Administraciones. Con ello dejan de lado la función docente propia del profesorado en la que se evalúan no la fe, ni las actitudes, ni las ideologías, ni los deseos, sino los conocimientos. Total una clara contradicción con la Constitución Española, muy concreta en la defensa de los derechos individuales. Lo otro sería catequesis cuyo ámbito son las Iglesias, las mezquitas etc...
En esta situación se deja a los trabajadores con contrato de trabajo con las Administraciones en la mayor de las indefensiones y se deteriora la función docente de los mismos en la enseñanza pública. Así no nos extraña que no nos quieran ver ni en los Institutos ni en los Colegios públicos.
FEPER
  MUY MALAS NOTICIAS: son los obispos los que establecen acuerdos con el MEC sobre los profesores de religión mientras lo sindicatos les ríen la gracia y alguno pretende brindar con champán.
¡¡ Los mismos que llevan despidiendo seis veces a una profesora. !!
¿Quien no quiere enterarse?: los obispos no pueden tomar acuerdos que afecten a lo laboral. Su competencia se limita a la asignatura. En cuanto a los profesores la competencia de los obispos se limita a la propuesta, y ésta es previa a la relación laboral. No son representantes de los profesores.
Si los obispos encuentran motivos para que un profesor no siga dando clases de religión que denuncien y esperen a que se resuelva el expediente.
Que el Gobierno tome el acuerdo con los obispos sobre la extinción del contrato a los profesores de religión (por mucha motivación que se les exija) es como si cualquiera de nosotros pretendiera dar poder legal al vecino para tomar decisiones importantes sobre su casa o su familia.
Y si la alegría sindical es porque se reducen menos horas que las anunciadas anteriormente, la reducción permanece y eso sigue significando reducción de jornada o aumento de despidos. ¿Quién quiere champán?
 LA FERC INFORMA:
REUNIÓN CON
SUBSECRETARIO
DEL MEC
Todas las personas que lleven más de 24 meses trabajados ya son, de hecho, indefinidas
todos los docentes de religión del Estado cobrarán trienios
TODA remoción del contrato, se ajustará a derecho
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